Presentación de solicitudes de Derechos de Aprovechamiento de Aguas ante la Dirección General de Aguas de la región que corresponda.
Estas se presentan teniendo claro el punto donde se encuentre el agua de interés
Contado desde la emisión del comprobante de ingreso, la Dirección General de Aguas (DGA) dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para revisar si la petición cumple con los requisitos formales y si se han acompañado los antecedentes en que se sustenta. En caso de que esta no sea admisible, el Servicio así lo declarará y notificará al solicitante, quien tendrá un plazo de 30 días, contados desde dicha comunicación, para complementar su requerimiento. Si los antecedentes complementarios son insuficientes o no se presentan dentro del plazo establecido, se desechará la solicitud procediendo su denegación.
Declarada admisible la solicitud, esta o un extracto debe publicarse dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles (contados desde la fecha en que se declaró la admisibilidad).
Las personas interesadas deberán ingresar directamente en la oficina DGA o en el sitio web institucional:
Copia o impresión de la publicación realizada en el Diario Oficial.
El certificado de difusión radial suscrito por el o la representante legal de la radioemisora correspondiente, indicando la hora, día, mes y año de cada emisión (según lo establecido en la resolución de la DGA Nº 1.235, de 2015).
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